Respuesta directa: El factoring sin recurso no crea deuda contable cuando la cesión cumple los criterios de baja contable del párrafo §3.2.6 de NIIF 9. La cuenta por cobrar sale del activo del exportador, entra efectivo, y no se registra ningún pasivo financiero en su lugar. El factor asume el riesgo crediticio del comprador internacional, y esa transferencia de riesgo es lo que distingue una venta de activos de un endeudamiento.
TL;DR — Para el CFO con dos minutos
NIIF 9 trata las cuentas por cobrar comerciales como activos financieros. Cuando un exportador cede esas facturas a un factor, la norma exige responder una pregunta específica antes de decidir si el activo sale del balance: ¿se transfirieron sustancialmente todos los riesgos y recompensas inherentes a la propiedad de ese activo?
El párrafo §3.2.3 establece que hay transferencia cuando el exportador traspasa los derechos contractuales a recibir los flujos de efectivo. En el factoring, ese traspaso ocurre mediante el contrato de cesión de créditos: el exportador cede al factor el derecho a cobrar la factura al comprador en la fecha de vencimiento.
Una vez confirmada la transferencia, §3.2.6 determina la baja contable en tres tramos:
| Concepto | Antes | Sin recurso (true sale) | Con recurso (préstamo) |
|---|---|---|---|
| Cuentas por cobrar | USD 500,000 | USD 0 — sale del balance | USD 500,000 — permanece |
| Pasivo financiero nuevo | — | USD 0 | USD 465,000 |
| Ratio deuda / patrimonio | Base | Sin deterioro | Se deteriora |
| DSO (días de cobro) | 65 días | Menos de 10 días | Sin cambio (65 días) |
1. Pacto de recompra explícito o implícito. Si el contrato incluye la obligación del exportador de recomprar facturas impagadas, el riesgo crediticio regresa al exportador.
2. Garantías cruzadas sobre la solvencia del comprador. La garantía de validez (la factura existe, la mercancía fue entregada) es estándar y aceptable. La garantía de cobro (el exportador garantiza que el comprador pagará) devuelve el riesgo crediticio.
3. Retenciones condicionadas al pago del comprador. Retenciones superiores al 10-15% condicionadas al pago del comprador generalmente generan continuing involvement contable.
4. Restricciones a la movilidad del activo cedido. Si el contrato impide al factor vender o pignorar las facturas a terceros sin consentimiento previo del exportador, el test de control de §3.2.6(c) puede resultar en continuing involvement.
Para exportadores con inversionistas estadounidenses o subsidiarias que consolidan bajo US GAAP, ASC 860 establece que una transferencia califica como venta si se cumplen tres condiciones: aislamiento legal (bankruptcy remoteness), derecho del cesionario a disponer del activo, y ausencia de derecho u obligación de recompra. En la práctica, para el factoring sin recurso estándar en exportaciones LATAM, ambos marcos producen el mismo resultado: baja contable completa.
El factoring sin recurso correctamente estructurado no aumenta el apalancamiento financiero. La cuenta por cobrar sale del activo corriente, entra efectivo, y no se registra ningún pasivo nuevo.
Si el factoring sin recurso está correctamente aplicado, el banco verá un balance más líquido, un DSO más bajo, y menor concentración de riesgo en cuentas por cobrar.
No directamente. El descuento sobre el valor facial se registra como costo financiero debajo de la línea del EBITDA, en la misma línea que los intereses bancarios.
Los cuatro países han adoptado NIIF. El criterio técnico de §3.2.6 es idéntico en los cuatro países al estar basado en el texto IASB.
¿Querés confirmar si tu estructura actual califica como true sale?
Revisamos el contrato de cesión con tu equipo contable y confirmamos el tratamiento correcto bajo NIIF 9 antes de que lo haga tu auditor externo. Sin costo, sin compromiso.